jueves, 23 de abril de 2015

La Detención Policial y tus Derechos





Sí, no sabes cuándo te pueden detener, ni las razones por las cuales te podrían privar de tu libertad. A continuación, te explico que es la detención y los derechos que te asisten en ese momento.

La detención propiamente dicha, es una medida cautelar de carácter personal y a la vez un acto que implica la privación del derecho a la libertad ambulatoria de manera temporal. Nuestra constitución política de 1993, nos dice que puede darse en dos escenarios.

1. Flagrante delito (la ejecución de un delito)
2. Mandato judicial (motivado)

Esta detención, solo puede tener una temporalidad de 24 H y finalizará al poner al detenido a disposición del juez o la simple puesta en libertad del detenido; sea por el vencimiento del plazo o esclarecimiento del hecho.

¿Quiénes pueden hacer una detención? La policía y cualquier ciudadano. En el último caso los ciudadanos deben poner al detenido a disposición de la PNP, lo antes posible.

Durante el procedimiento llamado “detención” todos los ciudadanos tienen los siguientes derechos:

1. A comunicar nuestra situación (excepción, medidas de incomunicación judicial)
2. A contar con un abogado en todo momento
3. A conocer la causa de nuestra detención de inmediato y por escrito
4. A comunicar nuestra situación (excepción, medidas de incomunicación judicial)
5. A ser puesto a disposición del juez en el plazo de ley (24H).
6. A contar con asistencia médica.

Referente a los plazos:

Para la flagrancia, el plazo no debe superar las 24H, La únicas excepciónes a esta regla son casos de Tráfico ilícito de drogas, Terrorismo y Espionaje. Para los cuales, el plazo se podrá ampliar hasta 15 días.

¿Me puede detener un policía, si no porto mi DNI?, la respuesta es que sí, y la finalidad sería la de identificar al ciudadano, por un tema de control de la identidad.

Este procedimiento policial no podrá superar las 4 horas y la policía no podrá poner al ciudadano en el mismo ambiente que los detenidos por delitos.

Finalmente, recuerda que la policía, no puede usar violencia física, ni psicológica para obtener una declaración. Y puedes hacer uso de tu “Derecho al Silencio”, mientras esperas a tu Abogado de elección, esto con el fin de no “Auto incriminarse” y luego todo perjudique el resultado del proceso penal.

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